Publicado el Septiembre 01 2020
Según una notificación oficial de la Embajada y los Consulados de Estados Unidos en la India, las secciones consulares de Estados Unidos en toda la India son “ahora aceptamos solicitudes de buzón para renovaciones de visas F, M y J y renovaciones de visas H y L que califican para una excepción a las Proclamaciones”. Estos se pueden realizar en los centros de solicitud de visas de toda la India: Chennai, Hyderabad, Kolkata, Mumbai y Nueva Delhi.
visa estadounidense |
Propósito |
La visa F-1 |
estudiantes academicos |
La visa F-2 |
Cónyuges e hijos de F-1 |
M-1 |
estudiantes vocacionales |
M-2 |
Cónyuges e hijos de M-1 |
J-1 |
Visitantes de intercambios |
J-2 |
Cónyuges e hijos de J-1 |
H-1B |
Para ocupaciones especializadas, trabajadores de proyectos cooperativos de investigación y desarrollo del DOD y modelos de moda [trabajadores temporales] |
H-2A |
Para trabajadores agrícolas temporales |
H-2B |
Para trabajadores temporales no agrícolas |
H-3 |
Para extranjeros que vienen temporalmente a los EE. UU. para recibir capacitación o participar en un programa de capacitación para visitantes de intercambio educativo. |
L-1A |
Para un gerente o ejecutivo transferido de cualquiera de las oficinas extranjeras afiliadas a otra de las oficinas del empleador estadounidense en los EE. UU. |
L-1B |
Para un empleado profesional, con conocimientos especializados relacionados con los intereses de la empresa, transferido de una oficina afiliada en el extranjero a otra oficina en los EE. UU. |
Se ha aconsejado a los solicitantes que determinen si son elegibles para el procesamiento mediante buzón. La elegibilidad se puede determinar visitando el sitio web oficial de la Embajada y los Consulados de Estados Unidos en la India.
Las citas para visas de estudiantes estadounidenses también están disponibles a través del sitio web oficial. Las secciones consulares estadounidenses, que funcionan con operaciones limitadas, “permanecen cerradas para servicios rutinarios de visas de inmigrantes y no inmigrantes”. Si bien la notificación establece categóricamente que los servicios de visa de rutina deben reanudarse lo antes posible, no se ha proporcionado una fecha específica para ello.
Según una proclamación presidencial, emitida el 22 de junio de 2020, el Departamento de Estado de EE. UU. ha suspendido temporalmente la emisión de visas H-1B, H-2B, L y ciertas visas J. También se incluyen las categorías de visas derivadas para los familiares de dichos titulares de visas.
Sin embargo, estos solicitantes podrían calificar para cualquiera de las “excepciones de interés nacional”. Además, el Departamento de Estado de EE. UU. también podría emitir visas H-4, L-2 y J-2 a “solicitantes derivados que de otra manera calificarían” y que califican para una excepción de interés nacional, como un individuo que busca unirse a un solicitante principal que ya se encuentra en el país. A NOSOTROS.
Según las Excepciones de Interés Nacional a las Proclamaciones Presidenciales [10014 y 10052], “La Proclamación no se aplica a los solicitantes que se encontraban en los Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de la Proclamación [24 de junio]”. Además, la Proclamación no se aplica a aquellos que tenían una visa válida en cualquiera de las clasificaciones mencionadas anteriormente y tienen la intención de ingresar a los EE. UU. con esa visa, o que tenían otro documento de viaje oficial que era válido en la fecha en que la Proclamación entró en vigencia.
Las Excepciones de Interés Nacional también aclaran que si un “no inmigrante H-1B, H-2B, L-1 o J-1 no está sujeto a la Proclamación, entonces ni ese individuo ni su cónyuge o hijos se verán impedidos de obtención de visa debido a la Proclama”.
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