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Publicado el Abril 20 2020

EE.UU. permite prórroga de estancia ante el COVID-19

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By  Editora
Actualizado Enero 18 2024

Los no inmigrantes ahora pueden solicitar una extensión de estadía [EOS] si tienen que permanecer inesperadamente en los EE. UU. más allá de su período de estadía autorizado debido a COVID-19. Servicios de ciudadanía e inmigración de los Estados Unidos [USCIS] ha emitido una Alerta Informativa al respecto.  La relajación se produce ante el reconocimiento de la "Desafíos relacionados con la inmigración como resultado directo del coronavirus. [COVID-19] pandemia" 

Cualquiera que se encuentre en una situación en la que no pueda salir de los EE. UU. debido a la situación actual tiene ciertas opciones disponibles ante sí. 

Solicitar una extensión

USCIS continúa aceptando y procesando peticiones y solicitudes. Un no inmigrante que tiene que salir de los EE. UU. pero no puede viajar debido a las medidas especiales de COVID-19, puede presentar una solicitud para una extensión de estadía [EOS] o cambio de estatus [COS].  Muchos de los formularios de USCIS están disponibles para ser presentados en línea.

Presentar a tiempo

No se acumula presencia ilegal al no inmigrante cuando la solicitud de EOS o COS está pendiente. Para ello, la solicitud EOS o COS debe haber sido “presentada oportunamente y no frívola”.  Cuando se presenta una solicitud de extensión de estadía en los EE. UU. oportunamente después del vencimiento del I-94: Registro de llegada/salida, cuando corresponda, la autorización de empleo con el mismo empleador se extenderá automáticamente por hasta 240 días. La prórroga automática estará sujeta a los términos y condiciones establecidos en la aprobación previa.

Se podrían considerar retrasos en la presentación de solicitudes.

USCIS ha recordado a los solicitantes y peticionarios que se podrían considerar retrasos causados ​​por el COVID-19. Según USCIS, esto se considerará un retraso en la presentación de documentos debido a circunstancias extraordinarias fuera de su control. Según las regulaciones actuales, si se presenta una solicitud EOS o COS – en los Formularios I-129: Petición para un trabajador no inmigrante, o I-539: Solicitud para extender/cambiar el estatus de no inmigrante – USCIS puede excusar la falta de presentación a tiempo después de que expire el período autorizado de admisión.  Para excusar el retraso en la presentación, el retraso debe deberse a circunstancias extraordinarias que escapen a su control. El COVID-19 será considerado como tal.   Se espera que el solicitante o peticionario presente pruebas creíbles que respalden su solicitud. La duración del retraso debe corresponder a las circunstancias. USCIS evaluará dichas solicitudes caso por caso.

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Noticias de inmigración de EE. UU.

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