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Publicado el Abril 12 2012

Criterios requeridos para que un inmigrante se entreviste en Estados Unidos para obtener la tarjeta de residencia

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By  Editora
Actualizado Abril 10 2023

¿Quiere realizar una entrevista para su tarjeta de residencia aquí?

entrevista-ciudadano-estadounidenseCasi todo el mundo lo hace, pero no todo el mundo puede. Si un solicitante de visa de inmigrante puede entrevistarse aquí (el proceso llamado “ajuste de estatus”) es una de las preguntas más comunes de quienes llaman al CUNY/Daily News Citizenship NOW! Llamada. A continuación se muestra una descripción general de las reglas. Si aún tienes preguntas, ¡llama a Ciudadanía YA! línea directa, del 23 al 27 de abril, de 9:00 am a 7:00 pm Encontrará el número de teléfono en la edición del 23 de abril del Daily News.

La mayoría de los solicitantes de visas de inmigrante quieren entrevistarse aquí porque si los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de EE. UU. niegan su solicitud de ajuste de estatus, pueden renovar esa solicitud en la corte de inmigración. Si el juez de inmigración niega su solicitud, puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, e incluso ante la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos. Mientras tanto, podrás vivir aquí hasta que se resuelva el asunto.

La alternativa, solicitar su visa de inmigrante en un consulado estadounidense en el extranjero, a veces es arriesgada. Si un funcionario consular rechaza su solicitud, podría quedarse atrapado en el extranjero durante meses o años. Otra razón por la que los solicitantes de visas de inmigrante quieren entrevistarse aquí es porque es menos costoso conseguir que un abogado se presente con usted en su entrevista. Finalmente, los solicitantes de ajuste de estatus califican para la autorización de empleo de USCIS mientras sus solicitudes están pendientes. Quienes esperan el trámite consular no tienen ese derecho.

Rompo las reglas de calificación para ajustar el estatus en dos categorías. El primer conjunto de reglas se aplica a los solicitantes sin importar cuándo comenzaron sus casos. El segundo conjunto se aplica sólo a aquellos que califican bajo el “245i”, para aquellos que tenían casos pendientes a más tardar el 30 de abril de 2001.

Según las reglas que se aplican a todos los solicitantes, puede ajustar el estatus si:

1. Un oficial de inmigración lo inspeccionó y admitió, nunca se quedó más tiempo del permitido y nunca trabajó sin permiso.

2. Un oficial de inmigración lo inspeccionó al ingresar (incluso si ahora se encuentra aquí ilegalmente) y usted es un “pariente inmediato de un ciudadano estadounidense”: el cónyuge de un ciudadano estadounidense, hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses o los padres. de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años.

3. Está presentando su solicitud en función de su condición de refugiado o asilado.

4. Califica para la residencia permanente como víctima de violencia doméstica.

5. Está presentando su solicitud en una categoría basada en empleo y no se quedó más de 180 días.

Quedan excluidos del ajuste de estatus bajo las reglas anteriores los no inmigrantes C y D (tripulantes), las personas en tránsito sin visa (TROV) y los prometidos K ​​que se casan con alguien que no sea el ciudadano estadounidense que los trajo aquí.

Según lo que muchos llaman la “cláusula de derechos adquiridos 245i”, usted puede ajustar su estatus si paga una multa de presentación de $1,000 y:

1. Un familiar o empleador presentó los documentos en su nombre el 14 de enero de 1998 o antes.

2. Un familiar o empleador presentó documentos para usted el 30 de abril de 2001 o antes Y usted estuvo físicamente presente aquí el 21 de diciembre de 2000.

3. Usted es un beneficiario derivado de una persona protegida por 245i: el cónyuge o el hijo soltero, menor de 21 años de un solicitante de categoría de preferencia basada en la familia o el empleo.

P. ¿Qué pasa con las personas que ingresaron con pasaportes y visas falsos pero que no califican según las reglas 245i? Si se casan con un ciudadano estadounidense, ¿pueden ajustar su estatus?

R. Sí, pero puede ser un camino difícil. Necesitará obtener buena ayuda legal para ganar su caso. Sin embargo, los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos están de acuerdo en que la entrada con un pasaporte falso o el pasaporte válido de otra persona es una "inspección y admisión". Entonces, si la persona califica como pariente inmediato de un ciudadano estadounidense, puede entrevistarse aquí.

Por lo general, USCIS quiere ver algún documento de entrada para demostrar que la persona no entró furtivamente a los Estados Unidos. Si el documento muestra una entrada fraudulenta, el USCIS permitirá que el solicitante se entreviste aquí, pero requerirá una exención de fraude. Para obtener la exención, debe demostrar que un padre o cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente sufrirá dificultades extremas si abandona los Estados Unidos. Si no tiene el pasaporte que utilizó para ingresar, es probable que USCIS rechace su solicitud de ajuste de estatus, pero es posible que tenga mejor suerte ante un juez de inmigración. El juez puede considerar tanto la solicitud de ajuste como la renuncia. Los jueces de inmigración están más dispuestos a creer la afirmación de un solicitante de que fue inspeccionado y admitido.

P. ¿Qué pasa con las personas exentas de entrada en las fronteras de Canadá y México? ¿Es eso una inspección y admisión?

R. Sí. Las personas que cruzan la frontera en coche o autobús en un puesto de control fronterizo pero que no son interrogadas por un funcionario de fronteras han sido inspeccionadas y admitidas. Sin embargo, para los examinadores de USCIS es común negar reclamos de personas eximidas en la frontera. Las personas eximidas tendrán más suerte si consiguen que un juez de inmigración conceda sus solicitudes de ajuste de estatus.

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