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Publicado el Abril 01 2013

¿Aplicar la lista de verificación de documentos para la Visa H1B? Costo ? ¿Qué NO regalar?

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By  Editora
Actualizado De marzo de 27 2024

Muy importante. ¿Qué NO debería darle a la empresa patrocinadora H1B? NUNCA debe entregar documentos originales de hojas de calificaciones, pasaporte o cualquier otro documento a nadie.

 

La mayoría de las veces, USCIS no solicitará los originales. Si proporciona los originales, quedará atrapado con el empleador que presentó la solicitud. NO entregues originales

 

¿CUÁL ES LA CATEGORÍA DE VISADA H-1B? En la categoría de visa H-1B, puede calificar si tiene una oferta de trabajo y posee el equivalente a una licenciatura estadounidense. Una petición H-1B se aprueba inicialmente por un máximo de tres años, y el estatus se puede extender varias veces (incluso a través de múltiples empleadores) por un máximo total de seis años. El estatus puede extenderse más allá de seis años en ciertas circunstancias, es decir, si se ha presentado una solicitud de certificación laboral (PERM) ante el Departamento de Trabajo al menos un año antes de completar seis años en el estatus H-1B, o si hay una petición de inmigrante I-140 aprobada en las categorías EB-1 a EB-3 antes de completar seis años en el estatus H-1B. El plazo de seis años en el estatus H-1B puede suspenderse si viaja al extranjero mientras se encuentra en el estatus H-1B y, por lo tanto, el tiempo pasado en el extranjero no se contará como parte del total de seis años. Los ciudadanos de Chile y Singapur tienen la opción de presentar una petición H-1B1 (a diferencia de una petición H-1B).

 

¿LISTA DE VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA PRESENTAR UNA PETICIÓN H-1B A TRAVÉS DE NUESTRA FIRMA DE ABOGADOS? Para preparar y presentar adecuadamente la Petición de Trabajador No Inmigrante (H-1B /H-1B1) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos "USCIS", requerimos la siguiente información y documentos. La información requerida sobre el empleador y el beneficiario se enumera por separado.

Información sobre el empleador

1. Nombre de la Empresa

2. Dirección

3. Teléfono número

4. Identificación fiscal federal (EIN#)

5. Año de establecimiento

6. Número actual de empleados

7. Ingresos/ventas anuales brutos, o presupuesto (para organizaciones sin fines de lucro), para el año más reciente (cifra aproximada)

8. Nombre, título y dirección de correo electrónico de la persona que firmará la petición en nombre de la empresa.

9. Título del puesto ofrecido junto con la descripción de los deberes o responsabilidades del puesto.

10. Salario ofrecido

11. Folleto o sitio web o breve descripción sobre la empresa.

Si el empleador es una organización sin fines de lucro relacionada o afiliada a una institución de educación superior, o una organización de investigación sin fines de lucro, adjunte documento que lo verifique.

 

La lista de verificación para candidatos que se encuentran actualmente en los EE. UU. con visa de no inmigrante H-1B o L-1 u otro estado de visa de no inmigrante excepto F1 es la siguiente: (No se requieren originales; solo se requieren copias claras y legibles)

1. Pasaporte (páginas de información biográfica y página de visa estadounidense)

2. I-94 más reciente (emitido al llegar al aeropuerto)

3. Aviso(s) de aprobación de visa H-1B / L-1 u otro estado de no inmigrante

4. Talones de pago de los últimos dos meses y el último formulario W-2 si actualmente tiene un estado de visa que permite el empleo.

5. Certificados de grado, expedientes académicos, diplomas y evaluaciones de credenciales, si corresponde

6. Dirección en EE. UU.

7. Número de teléfono

8. Dirección de correo electrónico

9. Dirección permanente en el extranjero junto con la dirección residencial actual

10. Número de Seguro Social, si está disponible

11. Currículum

 

La lista de verificación para solicitudes H-1B por primera vez para candidatos que actualmente tienen estatus de estudiante F-1 es la siguiente: (No se requieren originales; solo se requieren copias claras y legibles)

1. Pasaporte (páginas de información biográfica y página de visa estadounidense)

2. I-94 más reciente (emitido al llegar al aeropuerto)

3. Tarjeta OPT (anverso y reverso), si corresponde

4. Todos los I-20 emitidos por la Universidad.

5. Certificados de grado, expedientes académicos, diplomas y evaluaciones de credenciales, si corresponde

6. Dirección en EE. UU.

7. Número de teléfono

8. Dirección de correo electrónico

9. Dirección permanente en el extranjero junto con la dirección residencial actual

10. Número de Seguro Social, si está disponible

11. Currículum

 

La lista de verificación para solicitudes H-1B por primera vez para candidatos que tienen un título extranjero y se encuentran actualmente fuera de los EE. UU.

1. Pasaporte (páginas de información biográfica)

2. Certificados de grado, expedientes académicos, diplomas y evaluaciones de credenciales, si corresponde

3. Cartas de experiencia de empleadores actuales y anteriores (la carta de experiencia debe estar en papel membretado de la empresa, fechada y firmada. La carta debe especificar las fechas de empleo, el título del trabajo y una breve descripción de las tareas laborales realizadas)

4. Dirección de correo electrónico

5. Domicilio permanente en el extranjero

6. Currículum

 

EN RESUMEN: ¿COSTOS IMPLICADOS EN LA SOLICITUD DE UNA VISA H-1B?

La Ley Estadounidense de Competitividad y Mejora de la Fuerza Laboral de 1998 ("ACWIA") aumentó varias veces las tarifas de presentación del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). La tarifa regular de presentación del USCIS es ahora de $325, más $500 para medidas “antifraude”. Los $500 se aplican sólo para la petición H-1B inicial y no para extensiones de estatus por parte del mismo empleador.

 

Además, la mayoría de los empleadores también están sujetos a $750 adicionales (si tienen menos de 26 empleados) o $1500 (si tienen 26 o más empleados). Los empleadores exentos de los $750 o $1500 son organizaciones de investigación sin fines de lucro u organizaciones de investigación gubernamentales, o instituciones de educación superior u organizaciones sin fines de lucro afiliadas o relacionadas con instituciones de educación superior, o instituciones de educación primaria o secundaria.

 

Los $750 o $1500 no aplican para la segunda extensión H-1B a través del mismo empleador. Las peticiones enmendadas no requieren la tarifa adicional a menos que la petición tenga el efecto de extender el estatus de no inmigrante. Todas las tarifas de presentación se pagan al Departamento de Seguridad Nacional y son un gasto inevitable. Los honorarios de abogado son algo en lo que incurrirá el empleador y se le pueden cobrar. Puede costar entre $400 y $800. Todo depende del abogado. Como empleado, no debe pagar ninguna tarifa por la petición H1B; es responsabilidad de sus posibles empleadores pagar los gastos de la presentación de la visa H1B...

 

¿EL EMPLEADOR DEBE PAGAR POR PRESENTAR LA PETICIÓN H-1B?

Sí. Los empleadores no pueden exigir que el no inmigrante H-1B reembolse o compense creativamente al empleador por cualquier parte de la tarifa de presentación de la petición H-1B, excepto por la tarifa de presentación base de $325, que puede ser pagada por cualquier parte, incluido el beneficiario. Dado que la tarifa de presentación es responsabilidad exclusiva del empleador, el USCIS rechazará las remesas (excepto la tarifa de presentación básica de $325) de un beneficiario H-1B o del agente del beneficiario que acompañe la petición H-1B. El USCIS normalmente acepta una remesa de un abogado.

 

¿ME APLICAN LOS LÍMITES DE VISA?

La Ley Estadounidense de Competitividad y Mejora de la Fuerza Laboral de 1998 (ACWIA) se promulgó para aumentar el límite de visas H-1B a 115,000 para los años fiscales (del 1 de octubre al 30 de septiembre) de 1999 y 2000, y a 107,500 para el año fiscal 2001. La cuota volvió a 65,000 en el año fiscal 2002 y posteriormente, el mismo número que existía antes de la aprobación de la ACWIA. A partir de 2011, el límite sigue siendo de 65,000 visas. Los límites no se aplican a los no inmigrantes H-1B actuales que solicitan extensiones de estadía, modificaciones de los términos de empleo actual, cambios de empleadores (es decir, empleo secuencial en estado de visa H-1B) y empleo concurrente.

 

La misma exención del límite de visa se aplica a personas patrocinadas por una organización de investigación sin fines de lucro o una organización de investigación gubernamental, o una institución de educación superior u organizaciones sin fines de lucro afiliadas o relacionadas con instituciones de educación superior. Para las personas que han completado una maestría en los EE. UU., hay un límite adicional de 20,000 visas disponibles además del límite regular de 65,000 visas. La maestría no tiene que estar relacionada con el trabajo ofrecido en la petición H-1B. También es aceptable si el trabajo no requiere una maestría como calificación mínima para el trabajo, siempre y cuando siga siendo una ocupación especializada que requiera la posesión de al menos una licenciatura relevante o su equivalente en los EE. UU. para realizar adecuadamente el trabajo. Una persona cuya petición H-1B fue presentada inicialmente por un empleador exento del límite máximo estará sujeta al límite de visa si cambia de empleador y el nuevo empleador no es una organización exenta del límite máximo. Los ciudadanos de Chile y Singapur tienen preferencia dentro del límite de visas.

 

¿PUEDO PATROCINARME PARA LA CATEGORÍA DE VISA H-1B?

Debe estar patrocinado por un "empleador estadounidense". ¿Qué pasa si usted es el empleador en forma de empresa que usted establece? Las regulaciones del USCIS definen al empleador como "una persona o entidad... que contrata los servicios o el trabajo de un empleado en los Estados Unidos a cambio de un salario u otra remuneración". Dado que la petición H-1B debe ser aprobada antes de comenzar a trabajar, y es difícil, aunque no imposible, que una empresa "de papel" con cero empleados y sin ingresos sea considerada un empleador capaz de patrocinar a un beneficiario H-1B, la El dilema a superar es establecer una empresa con suficiente viabilidad para ser aprobada por el USCIS sin técnicamente ser empleado en el ínterin.

 

Una forma de mantenerse dentro de la ley es establecer una empresa con la ayuda de otros inversores. La posición más conservadora es ser sólo un "inversor pasivo" en lugar de ejercer un poder sustancial de toma de decisiones en la empresa. No se puede acusar a un individuo de estar empleado sin autorización si él o ella es sólo un inversionista pasivo en la empresa que lo patrocinará para la visa H-1B.

 

En resumen, una persona no puede ser "empleada" con el estatus H-1B hasta que su empleador solicite y reciba la aprobación H-1B.

 

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE EL ESTADO H-1B Y LA VISA H-1B?

Se obtiene un cambio de estatus si el beneficiario está en los EE. UU., mientras que la visa debe obtenerse desde fuera de los EE. UU. Por ejemplo, una persona con estatus F-1 (estudiante) puede cambiar el estatus a H-1B con la aprobación de la visa H. -Petición 1B presentada por su empleador. El individuo puede comenzar a trabajar inmediatamente (según los términos del aviso de aprobación) sin tener que salir de los EE. UU. y sin recibir una visa H-1B en un consulado de los EE. UU. en el extranjero. Si el beneficiario H-1B viaja al extranjero en algún momento, es necesario obtener un sello (visa) H-1B en el pasaporte de un consulado de EE. UU. en el extranjero para poder volver a ingresar a los EE. UU. con estatus H-1B.

 

Por el contrario, una persona fuera de los EE. UU. puede hacer que el empleador presente una petición H-1B ante el USCIS en su nombre y llevar el aviso de aprobación al consulado de los EE. UU. más cercano que tenga jurisdicción sobre su lugar de residencia para que se le emita una H-1B. -Sello de visa 1B para ingresar a los EE. UU. Al ingresar, este individuo tendrá el estatus H-XNUMXB.

 

¿QUÉ SIGNIFICA "ESPECÍFICO DEL EMPLEADOR"?

Un aviso de aprobación H-1B es válido sólo para un empleador específico. Si una persona desea trabajar en otro lugar, el nuevo empleador también debe presentar una petición H-1B ante el USCIS. Según las reglas de portabilidad del estatus de visa H-1B, una persona que actualmente tiene estatus de visa H-1B puede comenzar a trabajar con el nuevo empleador H-1B al presentar una petición H-1B por parte del nuevo empleador solicitando la extensión del estatus H-1B. . No es necesario esperar hasta la aprobación de la petición antes de comenzar a trabajar con el nuevo empleador. Si el USCIS aún no ha aprobado la petición H-1B presentada por el nuevo empleador en 240 días, el beneficiario debe suspender su empleo con el nuevo empleador (aunque aún puede permanecer legalmente en los EE. UU. según la petición H-1B pendiente). ) y luego reanudar su empleo con el nuevo empleador tras la aprobación de la petición H1B que otorga la extensión del estatus H-1B.

 

¿PUEDO TRABAJAR PARA MÁS DE UN EMPLEADOR?

Sí, pero todos los empleadores deben haber presentado una petición H-1B por usted. Generalmente, una persona tiene un empleador H-1B de tiempo completo y un empleador H-1B de tiempo parcial si trabaja para dos empleadores al mismo tiempo, pero nada impide que una persona trabaje a tiempo completo para dos o más empleadores. Vea nuestro artículo sobre Empleo Simultáneo.

 

¿CUÁL ES LA DURACIÓN DEL ESTADO DE LA VISADA H-1B?

Las peticiones H-1B se aprueban inicialmente por tres años y pueden extenderse por otros tres años, por un máximo de 6 años. El tiempo comienza a correr desde la fecha de entrada a los EE. UU. a través de la visa H-1B, y no desde la fecha de emisión de la visa. Además, se basa en el tiempo realmente pasado en los EE. UU. con el estatus H-1B; no se basa en la validez de la visa. Por lo tanto, si pasó un tiempo fuera de los EE. UU. durante su estadía de seis años, es posible "recuperar" ese tiempo extendiendo el máximo de seis años. Esté preparado para proporcionar evidencia de períodos de tiempo pasado fuera de los EE. UU. con estatus H-1B si desea solicitar una extensión para obtener el beneficio del tiempo pasado fuera de los EE. UU. La evidencia del tiempo pasado en el extranjero puede incluir, entre otros, , lo siguiente: copia del pasaporte con sellos de entrada/salida; itinerario proporcionado por aerolíneas o agentes de viajes; recibos de servicios públicos; transacciones financieras que requieren presencia física; registros de empleo o declaraciones de impuestos en el extranjero; permisos, licencias o identificación (como la licencia de conducir) que se emiten en función de la presencia física; cartas o declaraciones juradas que confirmen su presencia.

 

Después de alcanzar el límite de 6 años para una visa H-1B, una persona puede salir de los EE. UU. durante un año continuo y volver a ingresar con una visa H-1B. El año en el extranjero no tiene que ser en su país de origen o en el país de última residencia, y las visitas muy breves a los EE. UU. no rompen el requisito de continuidad. Alternativamente, el estatus puede extenderse más allá de seis años en ciertas circunstancias, es decir, si se ha presentado una solicitud de certificación laboral (PERM) ante el Departamento de Trabajo al menos un año antes de completar seis años en el estatus H-1B, o si existe una petición de inmigrante I-140 aprobada en las categorías EB-1 a EB-3 antes de completar seis años en el estatus H-1B.

 

¿PUEDO TRABAJAR CON EL ESTADO H-1B ANTES DE LA APROBACIÓN?

Sí, si está “transfiriendo” el estatus H-1B. Por ejemplo, una persona que actualmente tiene el estatus H-1B por parte del Empleador A puede comenzar a trabajar con el Empleador B cuando el Empleador B presenta una petición H-1B ante el USCIS solicitando una extensión del estatus H-1B. Puede continuar trabajando hasta por 240 días incluso si su I-94 vence antes de que se apruebe la petición H-1B a través del Empleador B. Por cierto, cuando el estatus H-1B está a punto de expirar, se puede presentar una petición H-1B solicitando una extensión del estatus. presentado hasta 180 días antes de la fecha de vencimiento indicada en el I-94 adjunto al aviso de aprobación H-1B (Formulario I-797), o la fecha indicada en el I-94 que se emite al ingresar a los EE. UU. El “último regla de acción” se aplica para determinar las fechas de validez adecuadas cuando hay conflicto.

 

Por ejemplo, si una persona tiene un aviso de aprobación H-1B válido hasta el 30 de abril de 2013, pero su I-94 emitido en el puerto de entrada muestra la expiración del estatus H-1B el 30 de abril de 2011, la persona es podrá permanecer legalmente en los EE.UU. sólo hasta el 30 de abril de 2011 si la entrada a los EE.UU. fue la última acción del USCIS.

 

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UNA SOLICITUD DE CONDICIÓN LABORAL Y UNA CERTIFICACIÓN LABORAL?

LCA (solicitud de condiciones laborales) se presenta electrónicamente ante el Departamento de Trabajo (DOL). Debe estar certificado por el DOL antes de presentar la petición H-1B ante el USCIS. Es un procedimiento abreviado que resulta en la certificación dentro de los 10 días hábiles y normalmente está a cargo del abogado que se encarga de la preparación y presentación de la petición H-1B. La Certificación Laboral (Solicitud de Certificación de Empleo para Extranjeros, también conocida como PERM) está asociada con la residencia permanente basada en el empleo y no está relacionada con la categoría de visa H-1B de no inmigrante, aunque con frecuencia el empleador presenta una Certificación Laboral ante el DOL mientras un La persona tiene estatus H-1B si el empleador ofrece empleo permanente a tiempo completo al empleado.

 

¿QUÉ PASOS DEBEN COMPLETARSE ANTES DE PRESENTAR LA PETICIÓN H-1B?

El proceso comienza determinando si un individuo tiene un empleador dispuesto a firmar la petición H-1B, y si el individuo realizará un trabajo en una ocupación especializada que requiere una licenciatura estadounidense relevante o equivalente en el extranjero, y si el individuo posee lo anterior. calificaciones. La evaluación de un título extranjero debe ser completada por un evaluador de credenciales calificado (nuestro bufete de abogados puede actuar como enlace entre usted y el evaluador) equiparando el título extranjero, si corresponde, con el equivalente estadounidense. Se puede tener en cuenta la experiencia laboral, y la mayoría de los evaluadores utilizan la fórmula de 3 años de experiencia laboral a nivel profesional que equivale a un año de universidad. Luego debe determinarse el “salario predominante”. Un empleador H-1B debe pagar el mayor entre el salario prevaleciente para el puesto en la región geográfica local (lo que los empleadores en situaciones similares pagan a los trabajadores estadounidenses por el mismo puesto), o el salario real pagado a los empleados de la empresa (patrocinadora). que ocupan cargos similares.

 

Una fuente común para determinar el salario prevaleciente es la Biblioteca de salarios en línea del Centro de datos de certificación de mano de obra extranjera donde trabajará el beneficiario H-1B. Los datos sobre los salarios vigentes, así como otra información, se ingresan en una aplicación llamada solicitud de condiciones laborales (LCA). La LCA se presenta ante el Departamento de Trabajo, que la certifica y la devuelve al abogado o al empleador si no hay un abogado registrado. El siguiente paso es presentar el Formulario I-129 con suplemento H al USCIS, junto con la LCA certificada, así como información sobre la empresa y la naturaleza y deberes del puesto y evidencia de los antecedentes y educación del beneficiario, así como evidencia de mantenimiento del estatus actual de no inmigrante si se encuentra en los EE. UU. al momento de presentar la petición H-1B. Esto es más difícil de lo que parece. Se han construido carreras enteras, si no imperios, sobre el estudio de las leyes, regulaciones y procedimientos H-1B.

 

¿CUÁNDO DEBO ANIMAR A MI EMPLEADOR A PRESENTAR LA PETICIÓN H-1B?

Es importante comenzar el proceso temprano, ya que la LCA presentada ante el DOL después de la determinación del salario prevaleciente puede demorar dos semanas. La petición H-1B presentada ante el USCIS puede tardar desde seis semanas hasta varios meses en aprobarse. Además, los topes (cuotas) de USCIS para las visas H-1B argumentan aún más fuertemente sobre la importancia de iniciar el proceso temprano para que no haya interrupción en el estatus legal. Se recomienda a las personas sujetas a la cuota H-1B para cualquier año fiscal (del 1 de octubre al 30 de septiembre) que presenten su solicitud tan pronto como puedan hacerlo legalmente (el 01 de abril, solicitando la fecha de inicio del empleo el 01 de octubre).

 

Para el año fiscal (FY) 2009, que comenzó el 01 de octubre de 2008 y que permitió presentar peticiones sujetas a límite hasta seis meses antes del inicio del año fiscal, el límite de visa se alcanzó el 05 de abril de 2008. USCIS dio igual consideración a las peticiones H-1B sujetas a límite recibidas entre el 01 y el 05 de abril de 2008 para el año fiscal 2009, y se negó a aceptar más peticiones H-1B sujetas a límite. El USCIS también instituyó un sistema de selección aleatoria ya que hasta el 05 de abril se presentaron muchas más peticiones que las plazas de visa disponibles. En el año fiscal 2010, el límite de visas se alcanzó el 21 de diciembre de 2009. Para el año fiscal 2011, el límite de visas se alcanzó el 26 de enero de 2011. Para el año fiscal 2012, el límite de visas se alcanzó el 22 de noviembre de 2011

 

MIS SEIS AÑOS EN EL ESTADO H-1B ESTÁN A PUNTO DE EXPIRAR. ¿QUÉ SIGUE?

Un posible inmigrante a los EE. UU. debe explorar activamente varios procedimientos de inmigración durante el primer o segundo año del estatus H-1B si no desea salir de los EE. UU. durante un año para volver a ingresar con el estatus H-1B. Una solicitud de certificación de empleo para extranjeros (Certificación Laboral, ahora comúnmente conocida como PERM) puede tardar varios meses en certificarse después de su presentación, y la solicitud PERM debe estar pendiente ante el USCIS durante al menos un año antes de que se completen los seis años de la visa H-1B. estatus (o petición I-140 para trabajador inmigrante aprobada por USCIS después de la certificación PERM) para extender el estatus H-1B más allá de seis años.

 

Casi todos los solicitantes extranjeros que buscan residencia permanente en los EE. UU. sobre la base de una oferta de empleo requieren una solicitud PERM certificada del DOL como primer paso en el proceso de tarjeta de residencia basada en empleo. Si la solicitud PERM no se presenta a tiempo antes de completar los seis años, y el cónyuge del solicitante también tiene el estatus H-1B, el solicitante puede cambiar el estatus a H-4, aunque H-4 (dependiente de H -Titular del estatus 1B) el estatus no autoriza el empleo.

 

Antes de 2007, el límite de seis años se aplicaba al estatus de visa H en general (ya sea estatus de visa dependiente H-1B o H-4). El Secretario de Trabajo llega a dos conclusiones antes de otorgar la certificación laboral (PERM): a) no se pueden encontrar trabajadores estadounidenses calificados, al momento de presentar la solicitud y en el área de empleo previsto, que sean capaces, quieran y estén disponibles para ocupar el puesto ofrecido al solicitante; y b) el empleo del solicitante extranjero no afectará negativamente los salarios y las condiciones laborales de trabajadores estadounidenses empleados de manera similar. Se debe presentar una petición de inmigrante (Formulario I-140) ante el USCIS dentro de los 180 días posteriores a la certificación laboral (PERM). Un individuo puede considerar cambiar a otro estatus de no inmigrante, pero la mayoría de las otras categorías de visas de no inmigrante, como F-1 (estudiante) o B-1 o B-2 (visitante de negocios o turista) no permiten empleo. Otra opción sería cambiar el estatus a la categoría de visa O-1, pero este estatus de visa de no inmigrante requiere una oferta de empleo y es adecuado sólo para personas con “capacidades extraordinarias”. Otra opción más es trabajar en el extranjero para las oficinas de un empleador estadounidense en el extranjero durante un año y volver a ingresar a los EE. UU. con el estatus L-1 bajo la categoría de Gerente/Ejecutivo multinacional (L-1A) o la categoría de trabajador con conocimiento especializado (L-1B). . La categoría L-1A permite la presentación de una petición de inmigrante directamente, que conduce a una tarjeta verde, sin obtener primero una certificación PERM del DOL.

 

¿CÓMO TRAER A SU CÓNYUGE CON LA VISA H-4?

El cónyuge de un titular de una visa H-1B puede cambiar su estatus a H-4 si se encuentra en los EE. UU. o el cónyuge puede solicitar una visa H-4 en un consulado de los EE. UU. en el extranjero. No se requiere la presencia del cónyuge H-1B en el Consulado. Los requisitos son el aviso de aprobación del Formulario I-797 (H-1B) del cónyuge H-1B, copia del Formulario I-129H y LCA presentado ante el USCIS por el empleador del cónyuge H-1B, copia de toda la documentación de respaldo presentada ante Formulario I-129H, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento y pasaporte (del cónyuge), carta de empleo del empleador del cónyuge H-1B, copia notariada del pasaporte del cónyuge H1B, extracto bancario o declaraciones de impuestos que muestren ingresos suficientes para sustentar al cónyuge dependiente, talones de pago recientes y W-2 (resumen de ingresos anuales) del cónyuge H-1B, algunas fotografías de boda y tarjeta de invitación de boda, y tarifa de visa. No presente documentos originales ya que es poco probable que sean devueltos, pero los originales deben estar disponibles cuando lo solicite un funcionario consular.

 

En la mayoría de los casos, el Consulado requerirá que el cónyuge H-1B tenga un sello de visa H-1B vigente en su pasaporte antes de emitir el sello de visa H-4 al cónyuge. Algunos de los documentos anteriores no son necesarios para el cambio de estatus a H-4 dentro de los EE. UU., pero la lista anterior es una referencia completa de los documentos que deben estar disponibles de inmediato.

 

MI EMPLEADOR SE FUSIONÓ CON OTRO EMPLEADOR; ¿PRESENTO UNA PETICIÓN ENMENDADA?

Se requiere una petición enmendada cuando ocurren los siguientes cambios: Los deberes laborales del beneficiario H-1B cambian significativamente hasta el punto de que los deberes ya no son similares al puesto identificado en la petición I-129 presentada ante USCIS; cuando el beneficiario H-1B es asignado a una ubicación fuera del área metropolitana de empleo que figura en la LCA original; cuando el número de identificación fiscal del empleador se cambia con base en una reestructuración corporativa como fusión, adquisición o consolidación; cuando el empleador H-1B se fusiona con otra empresa creando una tercera entidad que posteriormente empleará al beneficiario; cuando el beneficiario H-1B es transferido a una entidad legal diferente dentro de la estructura corporativa del empleador. Tenga en cuenta que es posible que no se requiera una petición enmendada cuando la nueva entidad corporativa haya asumido los derechos y obligaciones del empleador original y cuando los términos y condiciones de empleo sigan siendo los mismos, excepto por la identidad del empleador. Las adquisiciones que implican compras de activos deben evaluarse para garantizar que la empresa compradora haya adquirido todos los derechos y obligaciones del empleador original.

 

¿CUÁL ES MI ESTADO SI ESTOY EN OPT (ESTADO F-1) Y SE ALCANZA LA CUOTA H-1B?

La Formación Práctica Opcional (OPT) es una forma de autorización de trabajo que normalmente se concede por un año a los estudiantes una vez finalizados sus estudios. El OPT permite al estudiante trabajar para cualquier empleador y obtener una valiosa experiencia laboral. Nunca es demasiado pronto para buscar un empleador dispuesto a presentar la petición H-1B. El USCIS declaró que para el año fiscal (FY) 1999 aceptará a los titulares de visas F y J con estatus válido cuyos empleadores presentaron una petición H-1B oportuna (es decir, antes de la fecha de vencimiento de su estatus actual). Las peticiones en esta categoría se adjudicarían con una fecha de inicio del 1 de octubre de 1999 y a ellos (incluidos su cónyuge y sus hijos) se les permitiría permanecer en los EE. UU. mientras esperan que el estatus H-1B esté disponible el 1 de octubre de 1999.

 

Sin embargo, a estos candidatos no se les permitió trabajar ni participar en ninguna otra actividad que violaría sus respectivos estatus F y J. El USCIS aclaró que no existe ningún requisito de que los titulares de visas F o J hayan solicitado un cambio de estatus antes de alcanzar el límite. La regulación anterior de USCIS también se aplicó al año fiscal 2000. Bien, lo anterior fue una lección de historia interesante que puede haber afectado a sus hermanos mayores o estudiantes de último año en la universidad. En 2008, el USCIS implementó disposiciones de “brecha de límite máximo” que permiten a un individuo cuya petición H-1B había sido presentada con fecha de inicio de empleo del 01 de octubre de 2008, la fecha más temprana en la que se puede aprobar una petición sujeta a límite máximo para un año fiscal, extender su OPT y permanecer en los EE.UU. legalmente incluso si su OPT vence antes del 01 de octubre de 2008, siempre y cuando su petición haya sido aceptada dentro del límite de visa. Cuando se apruebe la petición H-1B con fecha de inicio efectiva el 01 de octubre de 2008, el individuo automáticamente tendrá el estatus H-1B y, por supuesto, podrá continuar permaneciendo en los EE. UU.

 

El mismo principio se aplica a los años fiscales 2009, 2010, 2011 y 2012. Además, es posible extender la OPT por 17 meses adicionales si un estudiante ha completado una licenciatura en Ciencias, Tecnología, Ingeniería o Matemáticas (STEM). La extensión de 17 meses de OPT está disponible para estudiantes de STEM en lugar de presentar una petición H-1B.

 

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO LLEVAR PARA OBTENER UNA H-1B EN EL EXTRANJERO?

Consulte nuestros enlaces para solicitar una visa en Canadá o solicitar en otros consulados de EE. UU. Para Canadá, el solicitante recibirá una carta de cita con una lista de documentos que deberá llevar consigo. Incluyen lo siguiente:

  • Carta de Nombramiento del Consulado;
  • Aviso de aprobación original de la petición H-1B (formulario I-797);
  • copia del Formulario I-129H y LCA;
  • copia de toda la documentación de respaldo presentada con el Formulario I-129H;
  • copia de la evaluación del título, si corresponde, que equipare el título extranjero con el título estadounidense; diplomas y expedientes académicos; carta del empleador H-1B indicando título, salario, duración y naturaleza del empleo;
  • carta(s) de experiencia laboral de empleadores anteriores, formularios de solicitud del departamento de estado completados según las instrucciones del consulado);
  • fotografía tamaño pasaporte; cargos de Visa; recibos de pago y W-2 si estuvo empleado legalmente anteriormente en los EE. UU.;
  • pasaporte.

Es una buena idea consultar los procedimientos del Consulado antes de la cita.

 

¿Y SI VIOLÉ MI ESTADO?

El mejor método para permanecer libre de violaciones, incluso si nunca ha violado su estatus, es mantener un registro de todos los documentos relacionados con su asunto de inmigración. Se pueden solicitar estos documentos para verificar el mantenimiento del estatus al presentar una solicitud o petición para cambiar el estatus, extenderlo o ajustarlo (etapa final del procesamiento de la "tarjeta verde"). Al presentar una solicitud de ajuste de estatus, es obligatorio demostrar que el solicitante ha mantenido continuamente un estatus legal válido durante toda su estadía en los EE. UU. Tenga en cuenta que se otorga un período de gracia de 180 días a los casos basados ​​en el empleo en las primeras tres categorías de preferencia. (EB-1 a EB-3) y una excepción para solicitudes de familiares directos de ciudadanos estadounidenses. No existe multa o sanción por violaciones de estatus de hasta 180 días en casos de patrocinio patronal; El solicitante nunca debe permanecer en situación ilegal por más de 180 días.

 

Si excede el límite de 180 días, aún es posible que el solicitante solicite un ajuste de estatus en los EE. UU. (en lugar del procesamiento consular) pagando una tarifa de "pena" de $1,225 a USCIS, siempre que la solicitud de mano de obra La certificación (ahora comúnmente conocida como PERM), o petición de inmigrante EB-1 a EB-3, o petición de visa en el caso de miembros de la familia, se presentó a más tardar el 30 de abril de 2001.

 

VARIOS EMPLEADORES HAN PRESENTADO PETICIONES H-1B POR MÍ. ¿ALGÚN PROBLEMA?

No. Es perfectamente legal estar patrocinado por varios empleadores y seleccionar, en cualquier combinación, uno o más de estos empleadores. Para verlo de otra manera, no está obligado a unirse a un empleador que haya obtenido la aprobación H-1B para usted, siempre y cuando continúe manteniendo el estatus H-1B a través del empleo con un empleador H-1B existente. Una petición H-1B para empleo a tiempo parcial es aprobable siempre que el puesto sea una ocupación especializada que requiera una licenciatura estadounidense relevante o su equivalente en el extranjero.

 

¿CÓMO VIAJAR CUANDO MI AJUSTE DE ESTADO ESTÁ PENDIENTE?

El ajuste de estatus es el último paso en el proceso hacia la residencia permanente. La aprobación final de la solicitud de ajuste de estatus después de su presentación puede demorar varios años. Si la salida de los EE. UU. se realizó antes de la emisión del documento de permiso anticipado, la solicitud de ajuste de estatus se considerará abandonada y denegada. Sin embargo, el USCIS ahora permite a los titulares de visas H y L que hayan solicitado un ajuste de estatus viajar sin permiso anticipado. Antes de la implementación de la regla anterior, un solicitante de ajuste no podía salir de los EE. UU. temporalmente sin solicitar primero el permiso anticipado.

 

La política actual de USCIS permite que un no inmigrante con estatus de visa H o L en los EE. UU. mantenga dicho estatus mientras está pendiente una solicitud de residencia permanente (solicitud de ajuste de estatus). La ley ya permite que las personas con estatus de visa H y L mantengan una “doble intención” (es decir, una intención de inmigrar a los EE. UU. incluso si están presentes en los EE. UU. con un estatus de visa de no inmigrante H o L) con respecto a su estadía en el país. A NOSOTROS

 

Por lo tanto, la nueva ley exime a los no inmigrantes H-1 y L-1 con una solicitud de ajuste de estatus pendiente (así como a sus familiares dependientes en estatus válido) de tener que obtener un permiso anticipado antes de viajar fuera de los Estados Unidos. Estas personas pueden ser readmitidas con las visas H-1 y L-1, o con las visas dependientes H-4 y L-2. Los titulares de visas H y L tienen la opción de solicitar una autorización de empleo "general" junto con un ajuste de estatus.

 

La autorización de empleo general permite al solicitante del ajuste trabajar para otro empleador. Tenga en cuenta que si una persona elige trabajar para empleadores no autorizados por los términos de la visa H-1 o L-1, y luego desea viajar, se requerirá permiso anticipado, ya que ya no se considerará que el solicitante mantiene Estatus H-1 o L-1. Los honorarios de abogado son algo en lo que incurrirá el empleador y se le pueden cobrar. Puede costar entre $400 y $800.

 

Todo depende del abogado. Como empleado, no debe pagar ninguna tarifa por la petición H1B; es responsabilidad de sus posibles empleadores pagar los gastos de la presentación de la visa H1B... Indicadores de fraude de visas H1B

• El empleador solicitante tiene menos de 25 empleados • El ingreso bruto anual es inferior a $10 millones

• El peticionario tiene menos de 10 años;

• Presentaciones múltiples: Número desproporcionadamente alto de solicitudes H1B en relación con el número de empleados.

• Los contratos de consultores o agencias de personal no muestran cliente final

• El lugar de trabajo indicado en la petición difiere del lugar de empleo.

• Información incompleta, inconsistente o faltante: cifras infladas, etc.

• No pagar el salario reclamado

• No hay sitio web para una empresa de consultoría de TI • Documentos sospechosos: alterados, falsificados, repetitivos, etc.

• Se han modificado fotografías de las instalaciones de los peticionarios (logotipo de la empresa y carteles añadidos después de tomar la foto, etc.)

• Zonificación inconsistente con los datos comerciales. Ubicación del trabajo o dirección de la oficina que no está dentro de la zona comercial;

• Empleador dependiente H1-B. • El código LCA no coincide con las tareas laborales reclamadas. • Respuestas evasivas y ambiguas.

• Peticionario que presenta fuera de jurisdicción. • Abandonado o retirado después de emitida la RFE;

• Credenciales educativas cuestionables. • Cartas de experiencia laboral: membrete alterado y poco profesional.

• La dirección del preparador y del firmante son las mismas, mientras que el lugar de trabajo es diferente;

• Las habilidades, la edad, el salario y/o la educación no coinciden con los requisitos laborales. Visa H1B 2014 Fecha de presentación Sólo el empleador puede presentar una solicitud de visa H1B en nombre de un empleado. Visa H1B 2014 Fecha de presentación abierta a partir del 1 de abril de 2013.

 

Fecha de inicio de la Visa H1B 2014 USCIS comenzará a aceptar la solicitud de Visa H1B para el año fiscal 2014 a partir del 1 de abril de 2013 (lunes). Después de la aprobación de la visa H1B, la fecha de inicio de la visa H1B será el 1 de octubre de 2013 o posterior.

 

Proceso de solicitud de visa H1B 2014

  1. Departamento de Trabajo por obtener la aprobación de la LCA.
  2. Departamento de Seguridad Nacional
    1. U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS)
    2. Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP)
    3. Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE)
  3. Departamento de Estado (para emisión de visa)

Durante el proceso de aprobación H1B, su solicitud de Visa H1B 2014 será manejada por 2 departamentos

  • El Departamento de Trabajo
  • USCIS

Tiempo de procesamiento de la solicitud de visa H1B 2014

Lo siguiente es lo que normalmente necesitaría un abogado de inmigración para presentar y preparar su solicitud de Visa H1B para el año fiscal 2014.

  • Día 1 al 5: Inicie el proceso de visa H-1B: recopile documentos y prepare la solicitud LCA.
  • Día 6 al 7: presentar la LCA (la aprobación demora aproximadamente 7 días)
  • Día 8 al 13: Preparación de las solicitudes H1B mientras la LCA está pendiente
  • Día 13 al 15: Presente la solicitud H1B según la fecha de aprobación de la LCA.

Los pasos anteriores variarán según el abogado, pero tendrá una idea de cómo se lleva a cabo todo el proceso.

Recuento total de capitalización

Seguimiento del recuento de capitalización de Visa H1B 2014

La Visa H1B se puede aplicar bajo 3 límites diferentes: general, avanzada y exenta de límite.

  • 65,000 – Límite general H1B (o límite regular)
    • 1,400 números de visa H1B1 están disponibles para chilenos
    • Se reservan 5,400 para ciudadanos de Singapur.
    • 20,000 – Límite de grado avanzado (maestría y títulos superiores de EE. UU.)
    • Sin cuota: empresas exentas de límite máximo (empresas de investigación sin fines de lucro)

Visa H1B – Tiempos de aprobación

El tiempo de procesamiento para la solicitud de Visa H-1B para el año fiscal 2014 depende del tipo de procesamiento.

  • Procesamiento regular
  • Procesamiento Premium

Cuando se paguen $1225 adicionales, USCIS acelerará el proceso de aprobación de la Visa H1b. Generalmente son 15 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud H1B.

El procesamiento regular de la solicitud H1B puede demorar de 2 a 4 meses. A veces, puede llevar incluso más tiempo.

Solicitud de visa H1B: después de la aprobación

Después de que USCIS apruebe la petición de Visa H1B, su empleador recibirá el Aviso de Aprobación I-797 con la Fecha de Inicio y Vencimiento de su petición H1B.

Normalmente, para la solicitud presentada ante USCIS el 1 de abril de 2013, la fecha de inicio de la visa H1B será el 1 de octubre de 2013.

Período máximo durante el cual se puede aprobar la solicitud H1B: 3 años.

USCIS ha aprobado la solicitud por solo un año.

 

Para obtener más noticias y actualizaciones, asistencia con sus necesidades de visa o para una evaluación gratuita de su perfil para inmigración o visa de trabajo, simplemente visite www.eje-y.com

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Lista de verificación de Esentail para la solicitud de visa H1B

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