Formulario-I-130

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¿Qué es el Formulario I-130?

Los ciudadanos estadounidenses, nacionales estadounidenses y residentes permanentes pueden presentar el Formulario I-130, Petición de familiar extranjero, para permitir que un familiar ciudadano extranjero obtenga la residencia permanente en los Estados Unidos (estatus de tarjeta verde).

El formulario I-130 inicia el proceso de inmigración por motivos familiares al establecer una relación que califica con un pariente nacido en el extranjero que desea inmigrar a los Estados Unidos. La petición I-130 también exige que el solicitante reserve una visa de inmigrante para el familiar. Este proceso puede demorar algunos meses o varios años, según el tipo de relación.

El formulario I-130 es un tipo de solicitud de visa de inmigrante. A diferencia de las visas de no inmigrante para visitas temporales, una visa de inmigrante es para alguien que tiene la intención de quedarse y trabajar permanentemente en los Estados Unidos. Existen diferentes tipos de solicitudes de visa de inmigrante. Los empleadores estadounidenses pueden presentar una solicitud de visa de inmigrante basada en el empleo (formulario I-140) para un ciudadano extranjero al que desean patrocinar para obtener una tarjeta verde.
 

¿Para qué se utiliza el Formulario I-130?

El formulario I-130 se utiliza para obtener una tarjeta verde estadounidense para un familiar que es ciudadano extranjero. Explica al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) que el solicitante tiene una relación familiar válida y cercana con el beneficiario.

Para comprobarlo, deberá proporcionar prueba de la relación con documentos legales, como certificados de nacimiento, certificados de matrimonio y estados financieros.

Cuando envía el Formulario I-130, está solicitando al gobierno de EE. UU. que reconozca su conexión familiar y permita que su familiar solicite una visa de inmigrante o modifique su estatus para convertirse en residente permanente legal.
 

Criterios de elegibilidad para presentar la petición I-130

No se puede solicitar una tarjeta verde a todos los familiares; solo califican ciertos tipos de relaciones. Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar una tarjeta verde a su cónyuge, hijo, padre o hermano. Los residentes permanentes y los ciudadanos estadounidenses solo pueden solicitar una tarjeta verde a su cónyuge o hijo soltero de cualquier edad. No se puede solicitar directamente una tarjeta verde a abuelos, tíos, sobrinos, nietos, primos, sobrinas, tías y suegros.
 

El sistema de inmigración de los Estados Unidos tiene dos categorías principales de inmigrantes por motivos familiares: parientes inmediatos y preferencia familiar. Los cónyuges, padres e hijos (menores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses se incluyen en la categoría de parientes inmediatos. Las categorías de parientes inmediatos son las más deseables y comienzan con "IR". Siempre hay una visa de inmigrante disponible para parientes inmediatos. No hay tiempo de espera para los parientes inmediatos. Todos los demás inmigrantes por motivos familiares se incluyen en la categoría de preferencia familiar; estas categorías comienzan con "F". Estas categorías tienen un tiempo de espera porque la demanda de tarjetas verdes excede la cantidad asignada legalmente cada año por el Congreso de los Estados Unidos.
 

Familiares elegibles de ciudadanos estadounidenses

  • Cónyuge de un ciudadano estadounidense
  • Padres de un ciudadano estadounidense
  • Hijo soltero (menor de 21 años de edad) de un ciudadano estadounidense (menor de 21 años de edad)
  • Hijo o hija soltero, adulto (de 21 años o más) de ciudadano estadounidense
  • Hijo o hija casado (de cualquier edad) de un ciudadano estadounidense
  • Hermano o hermana de ciudadano estadounidense

Familiares elegibles de residentes permanentes y ciudadanos estadounidenses

  • Cónyuge o hijo soltero menor de 21 años de un residente permanente
  • Hijo o hija adulto soltero de un residente permanente

¿Se puede presentar el Formulario I-130 en línea?

No se solicitará la tarjeta verde a todos los familiares. Solo ciertos tipos de relaciones califican para obtenerla. Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la tarjeta verde a su cónyuge, padre, hijo o hermano, pero los residentes permanentes y los ciudadanos estadounidenses solo pueden solicitar la tarjeta verde a su cónyuge o hijo soltero de cualquier edad. No se puede solicitar directamente la tarjeta verde a abuelos, nietos, sobrinos, sobrinas, tíos, primos, tías, primos y parientes políticos.

El sistema de inmigración de los Estados Unidos tiene dos categorías principales de inmigrantes basados ​​en la familia: parientes inmediatos y preferencia familiar. Los cónyuges, padres e hijos (menores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses se incluyen en la categoría de parientes inmediatos. Las categorías de parientes inmediatos son las más deseables y comienzan con "IR". Siempre hay una visa de inmigrante disponible para parientes inmediatos. Ciertas restricciones de inadmisibilidad no se aplican a los parientes inmediatos. Por lo tanto, no hay que esperar. Todos los demás inmigrantes basados ​​en la familia se incluyen en la categoría de preferencia familiar y estas categorías comienzan con "F". Estas categorías tienen que esperar porque la demanda de tarjetas verdes excede la cantidad asignada legalmente cada año por el Congreso de los Estados Unidos.
 

Documentos necesarios para el Formulario I-130

  • Prueba de que el patrocinador es ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta verde
  • Prueba de que existe una relación legalmente válida
  • Prueba de que la relación no es fraudulenta
  • Prueba de cambios de nombre del patrocinador y/o de la persona que busca una tarjeta verde, si corresponde
  • Prueba de nacionalidad de la persona que solicita la tarjeta verde

¿Cómo completo el formulario I-130?

Puede presentar el Formulario I-130 en línea o por correo postal. Primero, debe crear una cuenta en línea con USCIS para presentar su solicitud en línea. Esto también facilitará la recepción de alertas de casos y verificaciones de estado, la carga de documentos de respaldo y la visualización de todos los acuerdos de casos. Puede presentar el Formulario I-130 en línea incluso si su familiar se encuentra en los Estados Unidos y planea presentar su Formulario I-485 por correo postal.
 

¿Dónde enviar el Formulario I-130?

El USCIS acepta la petición del Formulario I-130 tanto en forma electrónica como por correo postal. No quiere que los solicitantes la presenten en persona en la embajada del USCIS.

El USCIS recibe peticiones independientes en dos ubicaciones llamadas lockboxes: Elgin, IL y Phoenix, AZ. Aunque el USCIS recibe su petición en estas ubicaciones, la procesará en un lugar diferente. Si tiene una entrevista, será en una oficina del USCIS cercana a su dirección.

Los peticionarios que viven en los siguientes estados y territorios presentarán su solicitud en la casilla de seguridad de Phoenix: Alaska, Samoa Americana, Arizona, California, Colorado y Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, Nevada, Guam, Florida, Hawái, Idaho, Oregón, Nuevo México, Montana, Nebraska, Kansas, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Oklahoma, Puerto Rico, Islas Vírgenes de EE. UU., Texas, Utah, Washington o Wyoming.
 

Tiempo de procesamiento del Formulario I-130

Los tiempos de procesamiento del USCIS para la petición I-130 varían según las categorías. Generalmente, el USCIS aprueba las peticiones de familiares inmediatos más rápidamente porque ya hay una visa de inmigrante disponible para el familiar inmediato. El tiempo de procesamiento del Formulario I-130 demorará un mínimo de seis meses y hasta un año. Las peticiones de preferencia familiar demorarán más tiempo. Las peticiones presentadas correctamente tendrán la mejor probabilidad de obtener una aprobación rápida.

Solo se pueden informar los tiempos de procesamiento de los formularios que se hayan presentado correctamente. Si una persona no completa el formulario correctamente o no cumple con los requisitos de elegibilidad, USCIS denegará o rechazará estas solicitudes.
 

Costo del Formulario I-130

Al presentar el Formulario I-130, debe tener en cuenta las tarifas asociadas. La tarifa para la presentación en papel en 2024 es de $675, mientras que la presentación en línea cuesta $625. Esta tarifa se paga al USCIS durante la presentación y no es reembolsable, incluso si su petición es rechazada. Consulte la estructura de tarifas más reciente en el sitio web del USCIS, ya que las tarifas están sujetas a cambios. Estar bien preparado y saber las tarifas correctas que debe pagar lo ayudará a evitar demoras en el procesamiento de su petición.
 

Cómo comprobar el estado del Formulario I-130

Comprobar el estado de su Formulario I-130 es sencillo. A continuación, le indicamos cómo realizar un seguimiento del progreso de su petición:

Verificación de estado en línea

  • Vaya a la página de estado del caso de USCIS en línea.
  • Coloque el número de recibo de 13 caracteres que recibió cuando presentó su petición. Este número estará presente en el aviso de recibo (Formulario I-797) que le envió el USCIS.
  • Después de ingresar el número de recibo, haga clic en el botón "Verificar estado" para ver el estado actual de su petición del formulario I-130.

Actualizaciones del estado del caso

Si crea una cuenta en línea de USCIS, recibirá notificaciones por correo electrónico sobre el estado de su petición de Formulario I-130.

De manera similar, si desea recibir actualizaciones de texto en su número de teléfono, puede registrarse ingresando su número de teléfono en la configuración de su cuenta en línea.

También puede comunicarse con el Centro de contacto de USCIS al 1-800-375-5283 para obtener actualizaciones sobre el estado de su solicitud. Proporcione su número de recibo.

Si necesita información más detallada o tiene preguntas específicas, también puede programar una cita con un oficial de USCIS a través del sistema Info Pass.
 

¿Qué sucede después de que se aprueba el I-130?

Una vez aprobado su Formulario I-130, los pasos siguientes dependen de si su familiar permanece dentro o fuera de los Estados Unidos.
 

Si tu familiar está afuera, estás en Estados Unidos.

Una vez que se apruebe su petición, se enviará al Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés). El NVC le enviará a su familiar una carta de bienvenida con instrucciones adicionales. Su familiar debe completar el formulario DS-260, que es la solicitud de visa de inmigrante en línea. También debe presentar documentos civiles y una declaración jurada de apoyo al NVC.

 

Una vez que el NVC procese estos documentos, se programará una entrevista para su familiar en la Embajada de los EE. UU. en su país de origen. Si la visa se aprueba durante esta entrevista, su familiar recibirá una visa de inmigrante, que le permitirá viajar a los EE. UU. Una vez que llegue, se le sellará una tarjeta verde temporal en su pasaporte. La tarjeta verde real se le enviará por correo más tarde.
 

Si tu pariente está en Estados Unidos

El proceso implica ajustar el estatus de los familiares que ya residen en los EE. UU. Su familiar primero debe presentar el Formulario I-485 y luego solicitar el registro para la residencia permanente o ajustar el estatus. Se programará una cita para tomar huellas dactilares, fotografías y una firma. El USCIS también puede programar una entrevista para ver sus documentos originales. Si se aprueba el Formulario I-485, su familiar recibirá su Tarjeta Verde por correo, que le otorga el estatus de residente permanente.
 

Su familiar debe esperar a su fecha de prioridad actual, que depende de la categoría de visa. Es fundamental respetar esta fecha de cerca. Si su familiar está ajustando su estatus dentro de los EE. UU., debe evitar viajar fuera del país sin un permiso anticipado porque puede afectar su solicitud.
 

¿Cómo puede ayudarle el eje Y?

El equipo de Y-Axis ha sido la mejor solución para ayudarle con su petición del Formulario i-130

  • Evalúe el tipo de visa apropiado para su solicitud
  • Documentación guía
  • Ayudar a completar formularios de solicitud en línea.
  • Revisa todos tus documentos
  • Ayudar en el proceso de solicitud de visa.

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